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Quienes pueden transitar dentro del país utilizando los diferentes medios de transporte?

19/10/2020

Las personas que deseen utilizar el servicio de transporte deberán portar el "Certificado único habilitante para la circulación", que se gestiona mediante la aplicación Cuidar o en la web https://www.argentina.gob.ar/.

La lista de personas habilitadas a viajar: Quienes deban asistir a la realización de tratamientos médicos y sus acompañantes. Esto incluye 31 excepciones que no solo implican actividades laborales, sino otros motivos de carácter personal. Se detallan a continuación: · Personal de salud, fuerzas de seguridad, fuerzas armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo. · Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y trabajadores del sector público convocados por las respectivas autoridades. · Personal de los servicios de justicia de turno. · Personal diplomático y consular extranjero. · Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes. · Personas que deban atender una situación de fuerza mayor. · Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. · Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos. · Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos. · Personal afectado a obra pública. · Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas. · Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios. · Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca. · Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales. · Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior. · Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos. · Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias. · Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP. · Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad. · Servicios de lavandería. · Servicios postales y de distribución de paquetería. · Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia. · Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de yacimientos de petróleo y gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica. · Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central autorice. · Operación de centrales nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garages y estacionamientos con dotaciones mínimas. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual. · Inscripción, identificación y documentación de personas. · Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos. · Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas, con sistemas de turnos y guardias mínimas. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo. · Traslado de niños, niñas y adolescentes. · Personal de la Anses. · Personal docente y no docente de los establecimientos educativos que reanuden las clases presenciales o las actividades educativas no escolares presenciales.
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